La Ciudad de Buenos Aires, detectó a más de 50 deudores alimentarios desde el comienzo de los controles en estadios de fútbol y espectáculos culturales masivos. Este fin de semana, a otras 10 personas se les impidió el acceso a eventos recreativos por figurar inscriptas en el Registro Público de Alimentantes Morosos (RPAM).
Estos operativos se iniciaron en marzo, en el marco de la reforma de la Ley Nº 269 mediante la Ley Nº 6.771, sancionada por la Legislatura porteña en diciembre de 2024. Desde entonces, fueron detectados 58 deudores morosos en controles realizados por los ministerios de Justicia y de Seguridad de la Ciudad.
Con estos operativos (más de 80 realizados hasta el momento), se busca limitar las actividades recreativas de los deudores y garantizar el cumplimiento efectivo del derecho alimentario de chicos y adolescentes, además de generar conciencia en la sociedad.
Esta política pública de la Ciudad combina control, prevención y difusión. Para muchas personas, el trabajo realizado por el RPAM permitió acceder por primera vez a información que desconocían o iniciar trámites que permanecían postergados: a los alimentantes morosos detectados sólo se les permite ingresar nuevamente a un estadio de fútbol porteño o a un espectáculo cultural masivo (de más de 5.000 personas) cuando regularizan su situación ante la Justicia.
Desde marzo, se realizaron controles en partidos de fútbol de la Liga Profesional, de la Copa Argentina y de las Eliminatorias del Mundial de 2026. También en el encuentro entre Los Pumas y All Blacks de Nueva Zelanda en el estadio de Vélez por el Rugby Championship y en 17 conciertos, incluyendo los shows de Los Piojos, Lali Espósito, Guns N’ Roses, Don Osvaldo, Kendrick Lamar, Airbag, Linkin Park, Dua Lipa, La K’onga y Oasis en la Ciudad y el festival de la Creamfields.
Qué dice la ley
La ley N° 6.771 de la Ciudad actualizó la terminología oficial y reemplazó la categoría de “deudor alimentario moroso” por la de “alimentante moroso”. La nueva denominación busca unificar criterios y reforzar la precisión del concepto: se considera alimentante moroso a toda persona que adeuda total o parcialmente dos cuotas alimentarias, consecutivas o alternadas, fijadas por sentencia judicial o convenio homologado, ya sea en carácter provisorio o definitivo.
En un contexto donde la tecnología permite cruzar datos en tiempo real, los operativos en espectáculos masivos, como partidos de fútbol o recitales, se han convertido en una herramienta efectiva para asegurar el cumplimiento de una obligación básica: garantizar el bienestar de chicos y adolescentes que dependen de ese aporte para su desarrollo.
![]()