El 11 de agosto de este año, la Ciudad de Buenos Aires celebra las elecciones “Paso” (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) para la selección de candidatos a Jefe/a de Gobierno, treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y diez (10) candidatos/as a Diputados/as suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y siete (7) candidatos/as a miembros titulares y cuatro (4) suplentes integrantes de cada una de las quince (15) Juntas Comunales.

Las elecciones Generales, en tanto, se celebrarán el día 27 de octubre de 2019, y la eventual segunda vuelta tendrá lugar el 24 de noviembre.

Padrón electoral

Electores/as

Son electores/as en la Ciudad de Buenos Aires los/las argentinos nativos/as y por opción, desde los 16 años de edad,y los argentinos naturalizados/as desde los 18 años de edad, con domicilio en el distrito. No imponiéndose sanción al elector menor de dieciocho años que no emita su voto.

También pueden participar de las elecciones locales los extranjeros/as desde los 16 años de edad, que se hayan inscripto previamente en el Registro de Electoras y Electores Extranjeros de la Ciudad.

Cargos Electivos

Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno: Se eligen en forma directa y conjunta, por fórmula completa y mayoría absoluta, tomándose la Ciudad como distrito único. Si ninguna fórmula obtiene la mayoría absoluta de los votos, se debe convocar a una segunda vuelta electoral entre las dos fórmulas más votadas. El Jefe de Gobierno y el Vicejefe duran en sus funciones 4 años y pueden ser reelectos o sucederse recíprocamente por un sólo período consecutivo.

Diputados/as de la Ciudad: El poder Legislativo de la Ciudad está compuesto por un cuerpo de 60 miembros que se renueva en forma parcial cada 2 años. Los diputados poseen un mandato de cuatro años y son electos mediante voto directo no acumulativo conforme al sistema proporcional.

Juntas Comunales: El gobierno de las Comunas es ejercido por un cuerpo colegiado de siete miembros, que se eligen en forma directa y con arreglo al régimen de representación proporcional por los ciudadanos domiciliados en cada Comuna, constituyendo cada una a tal fin un distrito único. Los miembros de las Juntas Comunales poseen un mandato de 4 años y no pueden ser reelectos sino con el intervalo de un período.

Electores Extranjeros

¿Sabías que los residentes extranjeros de la Ciudad tienen derecho a participar de las elecciones locales? Conocé la nómina de locales de votación asignados para las elecciones 2019.

Los ciudadanos extranjeros residentes en la Ciudad de Buenos Aires, desde los 16 años de edad, tienen derecho a participar de las elecciones locales, previa inscripción voluntaria en el registro de Electoras y Electores Extranjeros, creado en la órbita del Tribunal Superior de Justicia.

Requisitos:

a. Tener la calidad de “residente permanente” en el país en los términos de la legislación de migraciones.

b. Poseer Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero.

c. Acreditar tres (3) años de residencia en la Ciudad de Buenos Aires y tener registrado en el Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero su último domicilio real en la ciudad.

d. No estar incursos en las inhabilidades que establece el Código Electoral Nacional.

Límite de inscripción

Para estar incluido/a en el padrón electoral, la inscripción debe realizarse hasta 180 días antes de la elección (art. 10 de la ley n° 334 y art. 25, segundo párrafo del Código Electoral).

Locales de votación para electores/as extranjeros/as

Mediante la Resolución 44 /2019 dictada el 10/07/2019, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad asignó los locales de votación para el funcionamiento de las mesas mixtas de votación de electoras/es extranjeras/os, para los comicios del 11 de agosto, 27 de octubre y eventual segunda vuelta el 24 de noviembre de 2019.

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